Órganos de la Comunidad

La Comunidad

ESTRUCTURA

 

    JUNTA    GENERAL


 


  • Constituida por todos los propietarios de los terrenos con derecho a uso de agua, asume todo el poder de la Comunidad.

  • Actualmente el censo alcanza a más de 1.000 comuneros.

  • Se reúnen en Junta General Ordinaria una vez al año (en el primer trimestre). Se reunirán en Junta General Extraordinaria cuando así lo acuerde la Junta de Gobierno por propia iniciativa o a instancia de miembros de la Comunidad que representen un 30% de los votos

  • Votación: Se computa un voto por cada 1000 m 2 que se posea. Cabe la asociación de quienes no alcancen dicho mínimo. Ningún partícipe podrá superar el 50% de los votos.

     

JUNTA DE GOBIERNO


 

  • Órgano encargado de la gestión, administración y disposición de los bienes, derechos e intereses de la CRR

  • Composición: Presidente, Vicepresidente y cinco vocales titulares, todos ellos elegidos por la Junta General (y hasta igual número de suplentes).

  • La Junta de Gobierno eligirá, de entre los vocales, al Tesorero, y al Presidente y Vicepresidente del Jurado de Riegos.

  • Duración de los cargos: 4 años.

  • Sesiones: Cuantas veces convoque el Presidente, por su propia iniciativa o a instancia de una tercera parte de sus vocales. Se constituye válidamente con la asistencia de todos los vocales en primera convocatoria, o en segunda si hay un mínimo de 3 vocales.

JURADO DE RIEGOS


 

  • Órgano encargado de conocer y resolver las cuestiones de hechos que se susciten entre propietarios y usuarios de las aguas de la comunidad
  • También está facultado para conocer de las denuncias formuladas por infracción de las Ordenanzas y Reglamentos de la Comunidad, imponiendo en su caso a los infractores las sanciones establecidas, así como el pago de las indemnizaciones que deban satisfacer a los perjudicados, o de las obligaciones de hacer que puedan derivarse de los hechos denunciados.
  • Composición:  Presidente, que será designado por la Junta de Gobierno de entre sus miembros y cuatro Vocales que serán elegidos por la Junta General de la comunidad al tiempo de la elección de los miembros de la Junta de Gobierno.